Una persona cuyo uno de los padres era ciudadano de Ucrania en el momento de su nacimiento es ciudadana de Ucrania desde el momento de su nacimiento. En este caso, la ciudadanía de Ucrania se adquiere automáticamente. Al mismo tiempo, es necesario realizar el procedimiento de formalización del hecho de adquisición de la ciudadanía de Ucrania mediante la expedición de los documentos correspondientes.
LA OBTENCIÓN DE DOCUMENTOS PERUANOS O COLOMBIANOS PARA EL NIÑO NO PRIVA AL NIÑO DE LA CIUDADANÍA DE UCRANIA.
Si el niño nació en el extranjero después del 1 de marzo de 2001, es obligatorio que se expida un certificado de registro del niño como ciudadano de Ucrania.
En cuanto al registro de la ciudadanía de los niños nacidos antes del 1 de marzo de 2001, por favor solicite una consulta individual a través del correo electrónico consular: [email protected]
El certificado de registro del niño como ciudadano de Ucrania es necesario para:
la primera expedición del pasaporte;
la expedición de ID-card (DNI) de ciudadano de Ucrania al cumplir los 14 años;
la obtención de la ayuda estatal por nacimiento de un niño en Ucrania.
💵 La tasa consular por el registro del niño como ciudadano de Ucrania no se cobra.
La solicitud es presentada por uno de los padres del niño o por el representante legal del niño. Si la persona ya es mayor de edad, deberá presentar personalmente los documentos para su registro como ciudadano de Ucrania.
Plazo de expedición del certificado: hasta 30 días calendario. Si no es necesario realizar verificaciones adicionales, el certificado puede emitirse el mismo día de la solicitud (si se presentan todos los documentos necesarios y existe la posibilidad técnica en la embajada).
Al presentar una solicitud sobre cuestiones de ciudadanía de Ucrania por parte del representante legal del niño, la presencia del niño es obligatoria a partir de los 14 años de edad. El consentimiento para adquirir la ciudadanía de Ucrania o para renunciar a la ciudadanía de Ucrania de un menor de 14 a 18 años se otorga en forma de declaración escrita, que debe ser firmada y presentada personalmente por el propio menor.
ATENCIÓN. El certificado de registro de una persona como ciudadano de Ucrania se expide en un solo ejemplar y únicamente una vez. La expedición de un segundo certificado (duplicado) no está prevista. En caso de pérdida, daño o retiro de este documento, puede expedirse una constancia de confirmación del hecho del registro previamente realizado de la persona como ciudadano de Ucrania. Por la expedición de dicha constancia se cobra una tasa consular conforme a las tarifas aprobadas: 30 USD.
ATENCIÓN. El registro del niño como ciudadano de Ucrania no se realiza para los niños que hayan nacido después del 16 de enero de 2026 si ambos padres del niño, en el momento de su nacimiento, eran ciudadanos de Ucrania y están indicados en el certificado de nacimiento del niño como ciudadanos de Ucrania.
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